EDUCACIÓN Y POLÍTICA
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Caso de la relacion entre la politica y el derecho: POR SEBASTIAN RESTREPO HERRERA

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Mensaje  sebasrestre35 Lun Abr 12, 2010 11:22 pm

Sentencia T-020/00

Para ver el caso completo siga el siguiente link:
Caso de espacio publico

I. ANTECEDENTES

Ivan Mancera Prieto instauró acción de tutela contra la Administración Distrital de la capital de la República por violación de sus derechos al trabajo y a la digna subsistencia, los cuales, según la demanda, le fueron vulnerados a causa del desalojo de que fue objeto dentro del programa de recuperación del espacio publico.

En efecto, en su condición de discapacitado, derivaba su sustento del producido de la venta de mercancía que realizaba en la calle 15 Nº 8-71, la cual le generaba ganancias de por lo menos $250.000 mensuales.

Con el producto de la venta de sus mercancías, el actor pagaba el arriendo, cubría sus necesidades primarias y podía, en cierta medida, vivir dignamente. En la actualidad se encuentra desempleado y debido a sus limitaciones físicas no le es posible conseguir otro trabajo, ya que al ser desalojado del sitio en que lo desempeñaba, no se le brindó ninguna alternativa de reubicación.

Solicita que, mediante la tutela, se le repare el daño que se le ha causado y se le reubique laboralmente, pues se encuentra en una situación económica crítica.



ANALISIS


Ya observados los antecedentes del caso podemos decir que el caso violación del espacio publico por parte de un vendedor ambulante estaba debidamente justificado ya que la persona se encontraba en una notable cuestion de discapacidad que ole negaba la oprtunidad de conseguir un trabajo subordinado bien remunerado, esto entonces le daba el privilegio de ocupar un lugar publico para el desarrollo de su trabajo que es su unico medio de sustento diario.
Ya observando los derechos de esta personas hubo falta de estudio por parte de la alcaldia local ya que previo al desalojo era deber del estado realizar un llamado a los vendedores en cuestion (esto contemplado en la carta politica) para que se dieran por enterados del programa que venia desarrollando de recuperación del espacio publico y asi poder darse reubicación; ya al momento del desalojo el vendedor no estaba enterado y este entonces fue expulsado de su lugar de trabajo. al darse esto la alcaldia estaba en la obligación de dar reubicación al afectado en cuestion procedimiento que nunca fue llevado a cabo lo que dio lugar a eliminar su medio de sustento y a la violación de sus derechos.

Ya visto el caso, por la corte constitucional, esta resolvio revocar el fallo otorgado por el tribunal administrativo de cundinamarca donde se veia afectado el vendedor ambulante y en su lugar conceder la protección a los derechos a la dignidad humana, a la igualdad, al trabajo y al debido proceso. tambien a darle reubicación dentro de las 48 horas siguentes en un lugar para el desempeño de su trabajo, que se acomode a sus condiciones fisicas y donde pueda seguir desempeñando su labores.

sebasrestre35

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Fecha de inscripción : 01/03/2010

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